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¿Cuál es el término con el que cuenta la autoridad de control urbano para expedir la autorización de ocupación de inmuebles?

Tema
Control Urbano
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Respuesta
Debe recordarse que si bien el parágrafo del artículo 2.2.6.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 fijó el término de 15 días hábiles para expedir la Autorización de Ocupación de Inmuebles contados a partir de la fecha de la solicitud, este es un término perentorio con el que cuentan las autoridades encargadas de ejercer el control urbano.
Modificado el Vie, 28/08/2020 - 12:13