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¿Pueden los municipios o distritos aprobar tarifas diferenciales para viviendas de interés social en los acuerdos municipales o distritales?

Tema
Aula Financiamiento
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Respuesta
El artículo 23 de la Ley 1450 señala la competencia de los municipios y distritos, a través de los concejos, para adoptar las tarifas propias del impuesto predial. En dicha disposición se señala que es posible adoptar tarifas preferenciales para la vivienda de interés social.
Modificado el Jue, 17/03/2022 - 10:26